Es un monto de dinero que el Estado entrega a las mujeres con hijos cuando éstas cumplen 65 años de edad, depositándolo en su cuenta de AFP con el fin de incrementar su pensión. Este beneficio es irrevocable y no tiene restricción socioeconómica, es para todas las mujeres, incluidas las extranjeras que cumplan los requisitos.
Tienen derecho
Las mujeres afiliadas a una AFP.
Las mujeres beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria.
Las mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS).
No tienen derecho a bono las mujeres pensionadas antes del 1 de julio, ni aquellas que reciban pensiones del régimen antiguo de pensiones, Capredena o Dipreca.
Requisitos
Tener 65 años de edad cumplidos.
Tener residencia en el territorio chileno por 20 años a contar de los 20 años de edad. Además, haber vivido en Chile al menos 4 años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
Estar afiliado o afiliada a una AFP.
No tener pensión antes del 1 de julio de 2009.
Monto del beneficio
La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y que equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
- Si el hijo nace durante el año 2021, el valor del bono por hijo será de $606.600
- Si el hijo nace hoy y la madre tiene 30 años de edad, a los 65 años y considerando una rentabilidad del fondo C de 5,5%, el valor del Bono por Hijo será estimativamente de $ 3.828.175
Consideraciones:
- Si la madre nunca ha cotizado en el sistema de AFP y cumple con los requisitos, basta con que cotice una vez para que tenga derecho a recibir el bono por hijo.
- Si una mujer no tiene los recursos para cotizar al cumplir 65 años y cumple los requisitos, puede solicitar la Pensión Básica Solidaria de Vejez y además recibir el bono por hijo.
- Una mujer a los 65 años tiene derecho a recibir el bono, aunque su hijo haya fallecido.
- El hijo adoptado, genera dos bonos por hijo: uno para la madre biológica y otro para la mujer que lo adopta.
- Al tener un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto que perciban por este concepto podría verse afectado, ya que la Bonificación por Hijo incrementa el monto de la pensión de vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV.
- Las mujeres que reciben una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentan con el Aporte Previsional Solidario de Vejez, pueden solicitar la Bonificación por Hijo afiliándose a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si la pensionada fallece; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
En cuantas cuotas se paga el bono por hijo si eres pensionado por Renta vitalicia y el bono fue depositado en una AFP