No siempre es relevante la herencia en el caso de una pensión, la razón principal es que la herencia se paga cuando no existen beneficiarios de pensión, es decir, al fallecer el afiliado, si no hay cónyuge y los hijos son mayores de 24 años, recién el dinero que queda constituye herencia.
Por ejemplo, un hombre pensionado por la AFP, vivirá hasta los 80 años (según expectativa de vida), si tiene cónyuge, ella vivirá hasta los 85 años con una pensión de sobrevivencia, al fallecer ella, recién el dinero que queda va a constituir herencia.
Esta herencia la podrán retirar sus hijos mayores de 24 años u otra familiar. Pero hay un detalle que no es menor, todos sabemos que la pensión por retiro programado va bajando en el tiempo, y el afiliado se irá empobreciendo, para dejar un monto muy pequeño como herencia, si es que queda fondo de pensiones.
Es más relevante privilegiar el monto final de pensión que hacerlo considerando la herencia.
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