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	<title>Pensiones Solidarias archivos - Patricio Bernal Asesor Previsional Independiente</title>
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	<description>Pensiones. Retiro programado, renta vitalicia inmediata, renta temporal.</description>
	<lastBuildDate>Mon, 23 Mar 2026 03:48:46 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Pensión Básica Solidaria (PBS)</title>
		<link>https://www.bos.cl/pension-basica-solidaria-pbs/</link>
					<comments>https://www.bos.cl/pension-basica-solidaria-pbs/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Patricio Bernal]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Nov 2021 19:48:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Pensionarse]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones Solidarias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cuántos tipos de pensiones básicas solidarias existen?<br />
Cuáles son sus requisitos?</p>
<p>La entrada <a href="https://www.bos.cl/pension-basica-solidaria-pbs/">Pensión Básica Solidaria (PBS)</a> se publicó primero en <a href="https://www.bos.cl">Patricio Bernal Asesor Previsional Independiente</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>¿Cuántos tipos de pensiones básicas solidarias existen?</p>



<p>¿Cuáles son sus requisitos?</p>



<p>Existen dos tipos de Pensión Básica Solidaria:</p>



<ul class="wp-block-list" type="1">
<li>Pensión Básica Solidaria de Vejez</li>



<li>Pensión Básica Solidaria de Invalidez</li>
</ul>



<p>La Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez y de invalidez se entrega a aquellas personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional, pero que sí reúnen los requisitos de edad, situación socioeconómica y residencia, señalados en la Ley N° 20.255 pueden acceder a este tipo de beneficio.</p>



<p>Las Pensiones Solidarias se financian completamente con recursos fiscales.</p>



<p><strong>Requisitos para acceder a una Pensión Básica Solidaria:</strong><strong></strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Tener 65 años mujeres y hombres para la PBS de vejez y entre 18 y 65 años para PBS de invalidez.</li>



<li>Pertenecer al 60% más pobre de la población.</li>



<li>Estar inscrito en el Registro Social de Hogares y tener 1.206 puntos o menos de Puntaje de Focalización Previsional.</li>



<li>Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), desde los 20 años de edad.</li>



<li>Haber vivido en Chile cuatro años, de los cinco años previos a la solicitud.</li>



<li>Para el caso de la PBS de invalidez, contar con el dictamen de invalidez emitido por una Comisión Médica.</li>



<li>Los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech,&nbsp; tienen derecho a complementar la pensión que reciben hasta el monto de la Pensión Básica Solidaria de Vejez.</li>
</ul>



<p><strong>La Ley Nº 21.190, determinó un aumento gradual del monto de&nbsp; estas pensiones, aplicándose en la actualidad los siguientes tramos:</strong></p>



<p>$164 mil 356 pesos, para quienes tienen entre&nbsp;65 y 74 años.</p>



<p>$176 mil 096 pesos<strong>,</strong>&nbsp;entre&nbsp;75 y 79 años.</p>



<p>$176 mil 096 pesos, para las personas&nbsp;de 80 o más años.<strong></strong></p>



<p>A partir de Enero de 2022, existirá un monto único de PBS de $176.096.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las Pensiones Solidarias se reajustan el 1 de Julio de cada año.</p>



<p><strong>Fecha de pago del beneficio</strong></p>



<p>El primer pago de la Pensión Básica Solidaria de Vejez se efectuará a más tardar al mes siguiente de aprobada la resolución que otorga el beneficio. Este primer pago contempla los pagos retroactivos que correspondan.</p>



<p>El primer pago de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, se realizará desde el primer día del mes de presentación de la solicitud hasta el último día del mes de cumplimiento de los 65 años de edad. A contar de esa fecha, accederá a la Pensión Básica Solidaria de Vejez, si cumple con los requisitos.</p>



<p><strong>Salud</strong></p>



<p>Las pensiones solidarias están exentas de pagar el 7% para salud, ello no es impedimento para que los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias paguen una cotización del 7% o la que ellos estimen conveniente a una ISAPRE.</p>



<p><strong>Irrenunciabilidad</strong></p>



<p>No podrá admitirse la renuncia de una Pensión Básica Solidaria cuando el titular de este beneficio no cuente con cobertura de seguridad social.</p>



<p>No obstante lo anterior, es posible admitir la renuncia de las pensiones básicas solidarias en todos aquellos casos en los que los titulares puedan acceder a un beneficio de mayor monto o que les reporte una mejor cobertura previsional.</p>



<p><strong>Las pensiones solidarias pagan Asignación por Muerte?</strong></p>



<p>La Pensión Básica Solidaria de Vejez e Invalidez, otorga una Asignación por Muerte al fallecer el titular, equivalente&nbsp; al día de hoy a $631.374</p>



<p><strong>Asignación familiar</strong></p>



<p>Las personas que reciben Pensiones Solidarias no tienen derecho a Asignación Familiar</p>



<p><strong>En la actualidad 589.762 personas reciben Pensiones Básicas Solidarias, correspondiendo 180.965 a Pensiones Básicas Solidarias de Invalidez&nbsp; y 408.797 a Pensiones Básicas Solidarias de Vejez.</strong></p>



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<iframe title="Aumento de las pensiones pilar solidario PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL" width="1080" height="608" src="https://www.youtube.com/embed/qAZdVMJKBcs?feature=oembed"  allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe>
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		<title>Pensión Anticipada para Enfermos Terminales</title>
		<link>https://www.bos.cl/pension-anticipada-para-enfermos-terminales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Patricio Bernal]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Jun 2021 23:14:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[AFPs]]></category>
		<category><![CDATA[Pensionarse]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones Solidarias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A partir del 1 de Abril entró en vigencia una ley que permite una pensión anticipada para los enfermos terminales, al afiliado con el fondo de pensiones que tiene se le calculará una pensión por 12 meses, reservando el dinero necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria cuando corresponda. Si la persona [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>A partir del 1 de Abril entró en vigencia una ley que permite una pensión anticipada para los enfermos terminales, al afiliado con el fondo de pensiones que tiene se le calculará una pensión por 12 meses, reservando el dinero necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria cuando corresponda. Si la persona vive más allá de los 12 meses se utilizará el dinero reservado para la pensión de sobrevivencia y cuota mortuoria y si se quedara sin fondos, puede solicitar una pensión básica solidaria.</p>



<p>Se considera enfermos terminales a las personas que tienen una enfermedad o condición grave de carácter progresivo e irreversible que no permite extender su sobrevida más allá de 12 meses.</p>



<p>Esta ley en su primera etapa entre el 1 de Abril y el 30 de Junio, &nbsp;podrán optar a la Pensión Anticipada para Enfermos Terminales las y los afiliados o las y los pensionados que hayan activado el GES por cuidados paliativos en cáncer avanzado en las siguientes patologías: son más de 20 tipos de cáncer que abarca.</p>



<p>A partir del 1 de Julio habrá un Consejo Médico dependiente de la Superintendencia de pensiones que encargada de verificar la calidad de enfermo terminal del afiliado. También existirá un Consejo Médico de Apelaciones, cuyo fin será el de conocer las apelaciones realizadas al proceso.</p>



<p>Tienen derecho los afiliados y pensionados por AFP, no tienen derecho los pensionados por renta vitalicia. En su AFP o nos puede llamar.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Nómina de Enfermedades (Primera Etapa) para Pensión Anticipada de Enfermos Terminales</strong></h3>



<p>Para este primer periodo, entre el 1 de abril y el 30 de junio, podrán solicitarlo los Afiliados y Pensionados que estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES) descritas en el DS N°22, de 2019, del Ministerio de Salud, para el problema de salud N° 4 por cuidados paliativos en cáncer avanzado y por los siguientes 22 diagnósticos:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Glioblastoma cerebral en progresión con radio y quimioterapia.</li><li>Meduloblastoma cerebral en progresión.</li><li>Meningitis carcinomatosa de cualquier cáncer.</li><li>Cáncer de pulmón con metástasis a distancia múltiple.</li><li>Cáncer de esófago en progresión.</li><li>Cáncer gástrico metastásico a distancia en al menos dos sitios (ejemplo hígado y/o pulmón).</li><li>Cáncer gástrico con metástasis peritoneales.</li><li>Cáncer gástrico con metástasis hepáticas múltiples.</li><li>Cáncer hepatobiliar con metástasis peritoneales.</li><li>Cáncer hepatobiliar con metástasis hepáticas múltiples.</li><li>Cáncer de intestino delgado con metástasis peritoneales.</li><li>Cáncer de páncreas y vesícula biliar metastásico.</li><li>Cáncer colo-rectal metastásico en progresión.</li><li>Hepatocarcinoma avanzada sin opción de trasplante.</li><li>Cáncer testicular metastásico en progresión a quimioterapia de segunda línea.</li><li>Sarcoma partes blandas metastásico a distancia.</li><li>Osteosarcoma metastásico en progresión.</li><li>Melanoma metastásico en progresión.</li><li>Cualquier cáncer metastásico en ECOG 4 y sin posibilidad de tratamiento sistémico.</li><li>Cualquier cáncer con metástasis cerebral múltiple (más de 3).</li><li>Cualquier cáncer metastásico a distancia que no puede hacerse tratamiento antineoplásico.</li><li>Cáncer origen desconocido metastásico.</li></ul>



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<iframe title="Pensiones anticipadas para enfermos terminales PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL" width="1080" height="608" src="https://www.youtube.com/embed/ldm7XFoCjM4?feature=oembed"  allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe>
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		<item>
		<title>Comisión asesora presidencial sobre el sistema de pensiones</title>
		<link>https://www.bos.cl/comision-asesora-presidencial-sobre-el-sistema-de-pensiones/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Patricio Bernal]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Nov 2020 04:03:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[AFPs]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones Solidarias]]></category>
		<category><![CDATA[Reforma Previsional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La entrada <a href="https://www.bos.cl/comision-asesora-presidencial-sobre-el-sistema-de-pensiones/">Comisión asesora presidencial sobre el sistema de pensiones</a> se publicó primero en <a href="https://www.bos.cl">Patricio Bernal Asesor Previsional Independiente</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<div class="wp-block-file"><a href="https://www.bos.cl/wp-content/uploads/2020/11/Comision-Bravo.pdf"><strong>Resumen Ejecutivo Comisión Bravo sobre el sistema de pensiones.</strong></a><a href="https://www.bos.cl/wp-content/uploads/2020/11/Comision-Bravo.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>



<p></p>
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		<title>Aumento 50% pensiones solidarias</title>
		<link>https://www.bos.cl/aumento-50-pensiones-solidarias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Patricio Bernal]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Dec 2019 19:10:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Pensiones Solidarias]]></category>
		<category><![CDATA[65 años o más]]></category>
		<category><![CDATA[aumento pensiones]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se ha llegado a un acuerdo para aumentar el monto de las pensiones del pilar solidario, estas pensiones, las solidarias, son las pensiones que da El Estado a las personas que tienen 65 o más años y que están dentro del 60% más pobre de nuestro país. Existen 2 tipos de pensiones solidarias: La pensión [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Se ha llegado a un acuerdo para aumentar el monto de las pensiones del pilar solidario, estas pensiones, las solidarias, son las pensiones que da El Estado a las personas que tienen 65 o más años y que están dentro del 60% más pobre de nuestro país. Existen 2 tipos de pensiones solidarias: La pensión básica solidaria y el aporte previsional solidario, ambos tipos de &nbsp;pensión aumentarán un 50%, unas aumentarán de inmediato y otras irán aumentando paulatinamente.</strong></p>



<p>La pensión básica solidaria que es para las personas que nunca han cotizado o para quienes cotizaron y agotaron sus fondos, valor actual es de $110.201, llegará a un valor máximo de $165.302, conforme al siguiente calendario:</p>



<p>A partir de este mes, Diciembre, la PBS, tendrá un aumento de 50% para las personas que tengan 80 o más años, la pensión será de $165.302,</p>



<p>Las personas que tengan entre 75 y 79 años tendrán un aumento, también este mes, de un 30%, llegando a&nbsp;$ 143.261 y en Enero de 2021 se aumentará un 20% hasta llegar al 50%.</p>



<p>Para las personas entre los 65 y 74, ahora en Diciembre, se aumentará un 25% llegando a $137.751, en Enero de 2021 aumentará un 15% y en Enero del 2022 se aumentará un 10% llegando al 50%.</p>



<p>La otra pensión solidaria es el Aporte Previsional Solidario que es un aporte que da el Estado a quienes si han cotizado y tienen una pensión superior a la mínima 101.201 e &nbsp;inferior a 325.646 que es el valor máximo solidario definido, este monto se incrementará a $488. 469. Este aporte solidario&nbsp; es mayor cuando la pensión es más baja y menor cuando la pensión es más alta. Independientemente del monto del APS que la persona tenga hoy, este aporte subirá un 50% para los mayores de 80 años a partir de este mes.</p>



<p>&nbsp;Para las personas entre 75 y 79 años el APS subirá un 30% este mes y en Enero del 2021 subirá un 20% , llegando a un 50%</p>



<p>Finalmente, las persona con menos de 74 años y más de &nbsp;65 años tendrán ahora en Diciembre un aumento de un 25% de su APS, en Enero de 2021 un 15%&nbsp; y Enero de 2022 un 10%, llegando así a un 50%.</p>



<p><strong>Me parece bien y relevante el aumento de los montos de las pensiones solidarias, no obstante el gobierno debería hacer el mismo esfuerzo o superior para mejorar las pensiones de quienes no están en el pilar solidario, que tienen pensiones bajas y cotizan. Especial énfasis y cuidado se debe tener en las personas que tienen un fondo de pensiones de más de 35 millones, quienes obtendrán una pensión igual a quienes no han cotizado nunca, eso es tremendamente injusto e incentiva el no cotizar, debería haber un incentivo relevante para quienes si cotizan.</strong>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.bos.cl/aumento-50-pensiones-solidarias/">Aumento 50% pensiones solidarias</a> se publicó primero en <a href="https://www.bos.cl">Patricio Bernal Asesor Previsional Independiente</a>.</p>
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